Sabias que en enero de 2015 entró en vigor la nueva ley de titulaciones Náuticas de Recreo?
Desaparece la Licencia Federativa «Titulin»
El actual «Titulin» desaparece. Los poseedores de dicha titulación siguen manteniendo sus atribuciones mientras renueven el titulo y lo podrán convertir, si lo desean, al nuevo título «Licencia de Navegación» realizando una práctica de 4 horas en la Federación o en un centro homologado.
Licencia de Navegación:
Las federaciones de vela y motonáutica y las escuelas náuticas de recreo podrán expedir licencias para el gobierno de motos náuticas de clase C (hasta 55 cv) y embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia de motor adecuada a las mismas según su fabricante, que habilitarán para la realización de navegaciones diurnas siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
¿Cómo obtener el título?
Para su obtención habrá que realizar en un centro homologado un curso de 6 horas, 2 de teoría y 4 de prácticas. Una vez realizado el curso, el centro emitirá la correspondiente Licencia de Navegación. Para la obtención de dicho título hay que ser mayor de 18 años o de 16 años si se cuenta con autorización de los padres o tutor.
Los actuales poseedores del «Titulin» podrán obtener esta nueva licencia realizando únicamente las 4 horas de prácticas exigidas.
PNB – Patrón para Navegación Básica:
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo. Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo, siempre que se realicen las practicas optativas de vela exigidas para el gobierno de embarcaciones de vela.
¿Cómo obtener el título?
Hay que ser mayor de 18 años o de 16 con autorización de los padres o tutor.
Superar un examen teórico de 27 preguntas tipo test y una duración de 45 minutos.
Realizar las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación para la obtención del título de patrón para navegación básica que tendrán una duración mínima de 8 horas.
Realizar el curso de formación en radiocomunicaciones para la obtención del título de patrón para navegación básica, que tendrán una duración mínima de 4 horas, de las cuales, al menos 2 horas serán prácticas.
Practicas opcionales de vela. Los que quieran gobernar embarcaciones a vela deberán realizar unas prácticas de vela de mínimo 16 horas. Estas prácticas se realizan una sola vez y sirven para todos los títulos.
Una importante novedad de esta nueva normativa es que aquellos que ya tengan el PNB o lo obtengan con la nueva normativa y pretendan obtener el PER tienen convalidado buena parte del examen teórico.
PER – Patrón de Embarcaciones de Recreo
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta., siempre que se realicen las practicas optativas de vela exigidas para el gobierno de embarcaciones de vela.
¿Cómo obtener el título?
Hay que ser mayor de 18 años.
Superar un examen teórico de 45 preguntas tipo test y una duración de 1 hora y 30 minutos.
Realizar las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación para la obtención del título de patrón de embarcaciones de recreo que tendrán una duración mínima de 16 horas.
Realizar el curso de formación de radio-operador de corto alcance, que tendrá una duración mínima de 12 horas, de las cuales, al menos 8 horas se dedicarán a impartir las prácticas. Estas prácticas se realizan una sola vez y sirven para todos los títulos.
Practicas opcionales de vela. Los que quieran gobernar embarcaciones a vela deberán realizar unas prácticas de vela de mínimo 16 horas. Estas prácticas se realizan una sola vez y sirven para todos los títulos.
Ampliación de Atribuciones
Tanto los actuales poseedores del PER como los que lo obtengan bajo la nueva normativa, podrán ampliar sus atribuciones para el Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.
Para tal fin deberán realizar las prácticas reglamentarias de Navegación:
Las prácticas reglamentarias de navegación, tendrán una duración mínima de 24 horas, de las cuales, al menos 4 horas serán de navegación nocturna.
Las prácticas reglamentarias de navegación, se realizarán en una única sesión y en régimen de travesía.
Patrón de Yate
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas. Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Practicas opcionales de vela. Los que quieran gobernar embarcaciones a vela deberán realizar unas prácticas de vela de mínimo 16 horas. Estas prácticas se realizan una sola vez y sirven para todos los títulos.
¿Cómo obtener el título?
Hay que ser mayor de 18 años.
Hay que estar en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo
Superar un examen teórico de 40 preguntas tipo test y una duración de 2 horas.
Realizar Las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación para la obtención del título de patrón de yate, que tendrán una duración mínima de 48 horas, de las cuales, un mínimo de 36 horas serán en régimen de travesía, debiendo realizar cada alumno, por lo menos, una guardia de navegación completa de día y otra de noche.
Realizar el curso de formación de radio-operador de corto alcance, que tendrá una duración mínima de 12 horas, de las cuales, al menos 8 horas se dedicarán a impartir las prácticas. Estas prácticas se realizan una sola vez y sirven para todos los títulos.
Practicas opcionales de vela. Los que quieran gobernar embarcaciones a vela deberán realizar unas prácticas de vela de mínimo 16 horas. Estas prácticas se realizan una sola vez y sirven para todos los títulos.
Capitán de Yate:
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Practicas opcionales de vela. Los que quieran gobernar embarcaciones a vela deberán realizar unas prácticas de vela de mínimo 16 horas. Estas prácticas se realizan una sola vez y sirven para todos los títulos.
¿Cómo obtener el título?
Hay que ser mayor de 18 años.
Hay que estar en posesión del título de Patrón de Yate.
Superar un examen teórico de 40 preguntas tipo test y una duración de 2 horas y 30 minutos.
Realizar Las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación para la obtención del título de Capitán de yate, que tendrán una duración mínima de 48 horas, de las cuales, un mínimo de 36 horas serán en régimen de travesía, debiendo realizar cada alumno, por lo menos, una guardia de navegación completa de día y otra de noche.
Realizar el curso de formación de radio-operador de corto alcance, que tendrá una duración mínima de 12 horas, de las cuales, al menos 8 horas se dedicarán a impartir las prácticas. Estas prácticas se realizan una sola vez y sirven para todos los títulos.
Practicas opcionales de vela. Los que quieran gobernar embarcaciones a vela deberán realizar unas prácticas de vela de mínimo 16 horas. Estas prácticas se realizan una sola vez y sirven para todos los títulos.
En Resumen:
Desaparece el Titulin y es sustituido por la Licencia de Navegación que elimina el límite de potencia del motor por la titulación pudiendo montar la potencia que la embarcación admita.
Se reducen los temarios teóricos de los todos los títulos, principalmente de Patrón de Yate y de Capitán de Yate.
El PNB pasa de 7,5 a 8 metros de eslora en los barcos de motor, y por fin, se les convalida del examen teórico de PER las materias de las que ya se examinaron.
El PER pasa a poder gobernar barcos de 12 a 15 metros de eslora y lo principal es que, haciendo unas practicas adicionales, podrán gobernar barcos de hasta 24 metros y navegar entre la Península y las Baleares.
Patrón de Yate aumenta la eslora a 24 metros y la distancia de la costa a 150 millas, lo que le permite navegar sin límites por todo el Mediterráneo. Los exámenes ya no son por asignaturas independientes sino todo en un único test.
Capitán de Yate reduce el temario sustancialmente, siendo la desaparición de la asignatura de Teoría del Buque la principal novedad. Los exámenes ya no son por asignaturas independientes sino todo en un único test.